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El vencimiento anticipado de la hipoteca

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó la sentencia sobre la “retroactividad total de la cláusula suelo”, la cual establece que los entes deberán regresar la totalidad de las cantidades abonadas por los consumidores, siendo que la cláusula mencionada fue declarada como cláusula abusiva, por lo que debe ser eliminada del contrato.
A esta cláusula también se le une como otra cláusula abusiva, la cláusula de vencimiento anticipado

¿En qué consiste la cláusula de vencimiento anticipado?

Es la cláusula inserta en el contrato de préstamo hipotecario, que le permite al ente prestamista dar por vencida la deuda o préstamo antes del plazo acordado para su pago, cuando el deudor incumple con parte del pago del capital o de los intereses del préstamo.
Esta constituye la única cláusula del contrato de hipoteca, que permite interponer el procedimiento de ejecución hipotecaria, cuando no se cumple con el pago de una parte de la deuda.

¿Cuál es la posición del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)?

Cláusula Titular no real:El 11 de junio de 2015 el TJUE dictó el Auto que establece que en España, si los jueces consideran la cláusula de vencimiento anticipado como una cláusula abusiva , incluso aunque la cláusula no se haya aplicado, deben eliminar dicha cláusula del contrato.

El Auto dice textualmente: “los jueces nacionales están obligados únicamente a dejar sin aplicación la cláusula contractual abusiva, a fin de que ésta no produzca efectos vinculantes para el consumidor, sin estar facultados para modificar el contenido de la misma”.

El TJUE ha aclarado algunas preguntas con respecto a la cláusula abusiva:

¿Cuáles son los efectos que se han de desplegar cuando una cláusula de cualquier contrato celebrado con consumidores es declarada abusiva por un juez nacional?“Incumbe al juez nacional, pura y simplemente, dejar sin aplicación la cláusula contractual abusiva, sin estar facultado para modificar su contenido”. Con tal suerte que “declarada una cláusula como abusiva, significa que nunca ha existido”.

¿Se pueden limitar o moderar los efectos de inexistencia de una cláusula declarada como abusiva? Y de ser así, ¿Quién puede proceder a limitarlos o moderarlos? “El Tribunal de Justicia es el único que puede decidir acerca de las limitaciones que haya de aplicarse a la interpretación que él mismo haya hecho de una norma del Derecho de la Unión”.
Esta sentencia busca proteger al consumidor y se torna en contra de los entes prestamistas, quienes en ocasiones aplican alguna cláusula abusiva para su beneficio.

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